Qué es el bono social y quién lo puede solicitar

¿Qué es el bono social?

El bono social se traduce en un descuento en la factura de la luz para hogares vulnerables y está regulado por el gobierno.

El descuento a aplicar en la factura de la luz es del 25% (60% hasta el 31 de marzo de 2022) para hogares vulnerables, y del 40% (70% hasta el 31 de marzo de 2022) para hogares vulnerables severos.

Para acogerse a este bono social, en necesario tener contratada con una comercializadora de referencia la tarifa eléctrica PVPC, con o sin discriminación horaria y con un límite de potencia en 10kW.

BOE-Bono social
Figura 1.- Real Decreto 897/2017

¿Quién lo puede solicitar?

Lo puede solicitar todo consumidor que cumpla los requisitos para ser vulnerable.

A continuación se definen estos requisitos.

 

¿Qué hace falta para ser un consumidor vulnerable?

Para que un consumidor de energía eléctrica pueda ser considerado consumidor vulnerable, y así se pueda acoger al bono social, deberá cumplir alguno de los requisitos siguientes:

a) Que su renta, o en caso de formar parte de una unidad familiar, que la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenezca sea igual o inferior a:

  • 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar. Más adelante se explica qué es el IPREM.
  • 2 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar.
  • 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.

b) Estar en posesión del título de familia numerosa.

c) Que el propio consumidor, y en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

Los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas establecidos en el apartado a) se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales:

1.- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

2.- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

3.- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

4.- Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

5.- Que el consumidor acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor, y al menos, un menor. A los únicos efectos de comprobación de esta circunstancia especial, el comercializador comprobará a través del libro de familia y del certificado de empadronamiento que no reside en la vivienda a cuyo suministro se encuentra ligado el bono social, un segundo progenitor.

Vulnerable severo

Cuando, cumpliendo los requisitos anteriores, el consumidor, y en su caso, la unidad familiar a la que pertenezca, tengan una renta anual inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos (1,5, 2 y 2,5), incrementados 0,5 en su caso conforme a lo dispuesto anteriormente, el consumidor será considerado vulnerable severo.

Asimismo también será considerado vulnerable severo cuando el consumidor, y en su caso, la unidad familiar a la que pertenezca, tengan una renta anual inferior o igual a una vez el IPREM a 14 pagas o dos veces el mismo, en el caso de que se encuentre en la situación del apartado c) o b), respectivamente.

¿Qué es el IPREM?

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. Nació en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional como referencia para estas ayudas.

 

Figura 2.- Tabla resumen con las rentas máximas para solicitar el bono social. Fuente: CNMC

El IPREM se publica anualmente a través de la Ley de Presupuestos, de forma que tendremos que usar como referencia el último valor publicado de forma oficial para determinar si nuestros ingresos superan un determinado número de veces el IPREM actual (1,5; 2 ó 2,5 en el caso que nos atañe del bono social).

A día de hoy, y hasta que no apliquen los nuevos presupuestos generales del Estado aprobados, se sigue manteniendo el valor que está congelado desde 2017, que es de 7.519,59 € (IPREM anual de 14 pagas). Con los nuevos presupuestos se incrementa un 5% el IPREM para el año 2021.

A continuación te presentamos una herramienta Web desarrollada por la CNMC y la Fundación Civio, que te permite, de una manera muy sencilla saber si tienes derecho a solicitar el bono social y cómo hacerlo.

 


No obstante, aunque no puedas solicitar el bono social, existen otras alternativas para ahorrar en tu factura de la luz. Si estás pensando en decorar tu casa con luces de Navidad, tienes opciones que no consumen electricidad porque utilizan la energía solar. Aquí te presentamos dos opciones muy competitivas:

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